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Beneficios

Plan médico obligatorio

La cobertura que OSPESGyPE ofrece a sus beneficiarios es integral. (Resolución 201/02 M.S.Y.A.S.) Cobertura:
Están cubiertas todas las modalidades de atención de la salud en el paciente ambulatorio. Las prestaciones a brindar son: Consultas medicas:
- en consultorios - en domicilios (urgencia) - en internación.
Especialidades: alergia, cardiología, dermatología, gastroenterología, hematología, inmunología, nefrología, neurología y neurocirugía, oncología oncohematología, otorrinolaringología, nutrición, proctología, terapia radiante, anatomía patológica, cirugía, endocrinología, ginecología y obstetricia, hemoterapia, fisiatría y rehabilitación, neumonología, oftalmología, ortopedia y traumatología, pediatría, psiquiatría y urología. En odontología se cubrirán las siguientes prestaciones:
- consultas - obturaciones - endodoncias - prevención - odontopediatría - periodoncia - radiografía - cirugía bucodental.

Plan materno infantil

Cubre a la madre desde el primer día de embarazo hasta los 30 días posteriores al parto y al bebe desde su nacimiento hasta el año de edad.
Embarazo y parto: consultas, estudios de diagnostico relacionados con el embarazo y parto (estudio de laboratorio, ecografías, monitoreos fetales, etc.), internación para el parto y la cesárea. Medicamentos con cobertura al 100%
Infantil: se da cobertura a los estudios para la detección de la fenilcetonuria, hipotiroidismo en le recién nacido. Se da cobertura de seguimiento y control, inmunizaciones del periodo y cobertura del 100% en medicamentos e internaciones clínicas y quirúrgicas que fueran necesarias durante el primer año de vida.
Con el objeto de promover el PLAN DE LACTANCIA MATERNA no se cubren leches maternizadas.
Para cobertura de leches medicamentosas se requieren resumen de historia clínica y la receta medica. En estos casos se entregaran 4 kilos por mes hasta el 3er mes de vida.

Psiquiatría y psicología

Incluye atención ambulatoria en cualquiera de sus modalidades hasta un máximo de 30 sesiones por afiliado y por año.
En internación se cubrirán patologías agudas y hasta 30 días por afiliado por año. Internación: Incluye todas las prácticas diagnosticas y o terapéuticas de la atención ambulatoria e internación: anatomía, patología, anestesiología, medicamentos y material descartable en un 100%.

General

Clínica médica, clínica quirúrgica, pediatría.

Especializadas

Cardiovascular, toco ginecológicas, neonatología, unidad coronaria, psiquiatría (hasta 30 días y solo en casos agudos), pediátricas, unidad de terapia o cuidados intensivos.

Estudios y medios de diagnostico

Incluye todas las practicas del nomenclador nacional y aquellas que la autoridad sanitaria nacional considere validas para el diagnostico.

Laboratorio general

Endocrinología, medicina nuclear, radio inmuno-ensayo, virología, serología, oncología, bacteriología, parasitología, enzimología, inmunología.
Imágenes: radiología convencional, mamografía, hermodinamia, resonancia magnética nuclear, cámara gamma, ecografía, centello grafía, tomografía axial computada.

Medicamentos

- Cobertura del 40% en medicamentos que formen parte del formulario terapéutico de OSPESGYPE, basado en medicamentos esenciales de eficacia comprobada. /Resolución 310/04 del M.S.). - Cobertura del 100% a los medicamentos de internación, Plan Materno Infantil, y Programas especiales de Diabetes tipo I; HIV; Tuberculosis; inmunosupresores; Oncológicos; Insuficiencia Renal Crónica, Discapacitados. - Cobertura 100% a la medicación de baja incidencia y alto costo. Para acceder a la provisión de la antedicha medicación, el Afiliado deberá presentar: Historia Clínica, Protocolo de Tratamiento incluyendo dosis diarias y tiempo estimado de tratamiento. - Cobertura 100% Factor VIII y Antihemofílicos (somatotropina, ceredace). - Cobertura 100% Insulina, 70% Hipoglucemiantes orales, 70% Tirillas reactivas = 400-800 por año, 100% Mestignon. - La medicación no oncológica de uso en protocolos oncológicos, tendrá la misma cobertura que la medicación ambulatoria, es decir el 40%. Cobertura 70% para medicamentos para pacientes con tratamientos prolongados y enfermedades crónicas previstas en la Resolución Nº 310/04 M.S. (Asma, Hipertensión, etc.)